Hola
Me han explicado en la promotora q la forma en q se descuenta la subvención, es de atrás hacia adelante es decir, a la cantidad a entregar en la entrega de llaves, si queda saldo de los pagos extras y si queda saldo de las cuotas.. Alguien conoce algún caso en q se descuente al contrario, primero del valor a la firma de contrato y si queda saldo de las cuotas y si queda saldo de la subvención de las extras??... Está estipulado este orden extrictamente en alguna parte o es negociable con la promotora??
Mil gracias si alguien sabe algo al respecto en mi caso tengo una suma importante de subvención y si me la aplican al final quedo pagando unas cuotas bajisimas hasta la entrega de la vivienda, pero asi mismo la entrada no la tengo y los bancos están bastante cerrados con los créditos. De la otra manera pagaría unas cuotas más altas pero razonables.
Espero q me entiendan... Gracias !
Hola Paty.
La subvención te corresponde a ti y tu puedes solicitarla una vez seas adjudicatario. También le puedes dar a la promotora "poder" para solicitarla en tu nombre.
La cuestión es que si la promotora te dice que ellos la piden al final del contrato y a ti te viene mejor pedirla ahora entonces la pides tu (o al revés).
En tu caso podrías pedirla ahora y tenerla en la cuenta vivienda hasta la firma del contrato (jeje, además te servirá para deducir).
Confírmalo de todos modos con ambos, Dpto. Vivienda y Promotora.
Recordad que es una subvención que os corresponde a vosotros desde ya, y no a la promotora.
Un saludo.
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Ein?? la subvención vale para deducir??
Jó, es que es un rollo, solo tengo 3700€ de subvencion .. y con el lío de los bancos se me va a quedar en nada!!
A ver.... con ejemplo....
Si el 25 de diciembre del año x firmas contrato de compraventa y el primer pago es de 12.000 euros. Tu pones 6.000 porque los otros 6.000 son subvención. Imaginaros que no tenéis cuenta vivienda. BASE DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL (12.000 euros). De eso te deduces el 15% en tu declaración de la renta.
Recordad que para la renta del 2009 tenéis vuestros ingresos de trabajo míƒÂ s la subvención...
Si como en este tema, cobramos la subvención pero no la destinamos a ningún pago (por ejemplo porque ya hemos aportado a la cuenta vivienda el máximo para el año x), nos la podemos guardar para el año x+1.
No se si se me entiende o no, pero si queda alguna duda me lo decis por favor.
Un saludo.
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Entonces merece la pena aprovechar para deducir porque al año siguiente de todas formas vas a tener que pagar x a hacienda ¿no? y de esta forma por lo menos te aprovechas de la deducción si la metes a la cuenta vivienda, estoy en lo cierto?
gracias
HOla! Yo la verdad no estoy entendiendo mucho... os hago un pregunta concreta: Este año todavía no he metido nada en la cuenta vivienda. Me compensa meter el dinero de la subención en la cuenta vivienda?
Yo creo que el dinero de la subvención tu no lo ves.. creo! asi que como que lo no puedes meter en la C.Vivienda....
Hola
Hoy estuve en vivienda y me han explicado que la subvención la pide la promotora, es posible pedirla directamente solo después de tener las escrituras.. entonces nada tocará pedirla a través de la promotora, y seguir viendo de donde se completa el dinero inicial...
Gracias paty.
He intentado hablar con ellos por teléfono hoy a la mañana para salir de dudas y no ha sido posible.
Tiene lógica. Así que como dices, es mejor contar con la subvención desde el principio a pesar de los costes del aval.
Un saludo.
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Hola, esta pregunta es para cualquier persona que me pueda responder.
Me gustaria saber si el primer pago que se realiza a la promotora se puede deducir el año que viene en la declaracion de la renta, igual que si lo ingresaras en la cuenta vivienda.
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